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La Internacional Socialista de Mujeres

  Estatutos de la Internacional Socialista de Mujeres


 

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Adoptados por el Xº Congreso, Vancouver, Canadá, 1978 y con las modificaciones aprobadas durante el XIIIº Congreso, Lima, Perú, 1986, durante el XVIº Congreso, Naciones Unidas, Nueva York, 1996 y durante el XVIIIº Congreso, São Paulo, Brasil

 La Internacional Socialista de Mujeres es una organización fraterna de la Internacional Socialista y representa a los grupos u organizaciones femeninas o representantes de las mujeres de los partidos que forman parte de los partidos que adhieren al Estatuto de la Internacional Socialista o están reconocidos por ellos.

 Fines Organos Elecciones Oficiales Finanzas

 
 
 

 FINES

El propósito de la Internacional Socialista de Mujeres es:

  • a) fortalecer las relaciones entre los miembros de la Internacional Socialista de Mujeres;
  • b) intercambiar experiencias entre sus miembros con respecto a las maneras y los medios de promover entre las mujeres de sus respectivos países, el conocimiento y la comprensión de los objetivos y las actividades del socialismo democrático;
  • c) tratar de ampliar las relaciones entre los miembros de la Internacional Socialista de Mujeres y otros grupos femeninos de orientación socialista, que no fueran miembros y que desearan la cooperación;
  • d) promover programas de acción para superar toda discriminación en la sociedad, incluso toda desigualdad entre hombres y mujeres, y trabajar por los derechos humanos en general, el desarrollo y la paz.

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 Organos de la Internacional Socialista de Mujeres

Para servir sus propósitos, la Internacional Socialista de Mujeres tendrá los siguientes órganos:

 

El Congreso

El Congreso es el órgano superior de la Internacional Socialista de Mujeres; por mayoría de dos tercios de todos los miembros con derecho a voto, establece el Estatuto y los programas de la Internacional Socialista de Mujeres.

El Congreso elige su Presidenta, Vicepresidentas y Secretaria General, de acuerdo con la recomendación del Buró.

El Congreso será convocado en conjunción con el Congreso de la Internacional Socialista, cada tres años. El orden del día será preparado por el Buró. El Congreso recibirá asimismo un informe de las actividades realizadas desde el último Congreso.

El Congreso estará formado por todos los miembros de la Internacional Socialista. Las delegaciones estarán integradas por tres personas como máximo, pero podrán asistir otros(as) delegados(as) en carácter de observadores(as). Cada delegación con derecho a voto tendrá un solo voto, en las condiciones que establecen las disposiciones del Estatuto de la Internacional Socialista para los respectivos partidos.

También estarán representadas y tendrán derecho a voz y voto, con un solo voto cada una, la Internacional Socialista, la Unión Internacional de Juventudes Socialistas y el Movimiento Internacional de Halcones/Internacional Socialista de Educación, organizaciones fraternas de la Internacional Socialista de Mujeres. Otras organizaciones asociadas serán invitadas a hacer uso de la palabra, pero no a votar.

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El Buró

El Buró estará integrado por todos los miembros de la Internacional Socialista de Mujeres según la Cláusula (1.) así como por un(a) representante de la Internacional Socialista y un(a) representante de la Unión Internacional de Juventudes Socialistas y del Movimiento Internacional de Halcones/Internacional Socialista de Educación.

Las funciones del Buró serán:

  • tomar la dirección en el período entre Congresos;
  • preparar el orden del día para el Congreso y disponer la preparación de los informes y documentos necesarios;
  • tomar las medidas apropiadas que surjan de las resoluciones del Congreso;
  • convocar conferencias especiales, seminarios, conferencias regionales, así como nombrar, si fuera necesario, comisiones ad hoc sobre cuestiones especiales y determinar sus atribuciones. Además, el Buró puede nombrar organizadores(as) regionales después de consultar con la Internacional Socialista;
  • el Buró debe reunirse por lo menos dos veces al año.

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El Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo estará integrado por la Presidenta, Vicepresidentas y Secretaria General de la Internacional Socialista de Mujeres. Su función es tomar las decisiones que corresponda durante el período comprendido entre las reuniones del Buró.

El Comité Ejecutivo se reunirá cuatro veces al año como mínimo.

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El Secretariado

El Secretariado funcionará en la sede de la Internacional Socialista.

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La Elección de Oficiales de la Internacional Socialista de Mujeres

  • a) Disposiciones generales: Las candidaturas para los cargos de Presidenta, de Secretaria General y de Vicepresidenta de la Internacional Socialista de Mujeres deben ser presentadas al Secretariado de la Internacional Socialista de Mujeres acompañadas de una carta en la cual el partido y organización a que pertenezca la candidata exprese su aprobación, a objeto de que el Secretariado ponga en circulación los nombres de las candidatas entre las miembros de la Internacional Socialista de Mujeres, para consultación y comentario. Tales candidaturas deberán ser presentadas por lo menos 90 días antes del Congreso de la Internacional Socialista de Mujeres y candidatas adicionales pueden ser presentadas antes de haber transcurrido 30 días de realizada la primera ronda de divulgación de nombres de candidatas entre todas las organizaciones miembros. A fin de cubrir los diversos cargos directivos, las miembros de la Internacional Socialista de Mujeres pueden proponer como candidata a alguien que no pertenezca a su partido u organización. Los partidos y las organizaciones que propongan a la candidata deberán ayudarla para que, como queda establicido en el párrafo previo, ella obtenga la aprobación de su propio partido y de su propia organización.

 

  • b) Elección de Presidenta: Para tener derecho a postular su candidatura a Presidenta de la Internacional Socialista de Mujeres, la candidata deberá haber desempeñado, por lo menos por un período, en el cargo de miembro del Ejecutivo de la Internacional Socialista de Mujeres; o haber desempeñado, por lo menos por un período determinado por el lapso que media entre un Congreso y otro, como representante de su partido u organización ante la Internacional Socialista de Mujeres. En el caso de no cumplirse las condiciones mencionadas, la mayoría necesaria para ser elegida será del 60% de los votos. Si hay candidatas en las dos categorías, la candidata que no cumpla las condiciones de servicio anterior en la Internacional Socialista de Mujeres debe recibir 60% de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten en la primera votación. Si no obtuviere el 60%, la/s candidata/s restante/s disputará/n la elección en la manera descrita más abajo. Si hubiere una o dos candidatas a la presidencia de la Internacional Socialista de Mujeres, resultará elegida aquella candidata que obtuviere la mayoría (esto es, el 50%+1) de los sufragios emitidos por las que se encuentren presentes y que voten. Si hubiere más de dos candidatas resultará elegida aquella que obtenga la mayoría (esto es, el 50%+1) de los sufragios emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten. Si ninguna de las candidatas obtuviere la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten, se procederá a efectuar una segunda votación para decidir entre las dos candidatas que hubieren alcanzado las dos más altas cifras de votos en la primera votación. Resultará elegida aquella candidata que en esta segunda votación obtenga la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten.

 

  • c) Elección de Secretaria General: Si hubiere una o dos candidatas para el cargo de Secretaria General de la Internacional Socialista de Mujeres, resultará elegida la candidata que obtenga la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten. Si hubiere más de dos candidatas al cargo de Secretaria General de la Internacional Socialista de Mujeres, resultará elegida aquella candidata que obtenga la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten. Si ninguna de las candidatas alcanzare la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos de las que se encuentren presentes y que voten, las dos candidatas que hubieren obtenido las más altas cifras de votos en la primera votación serán incluidas para efectuar una segunda votación. La candidata que en esta segunda votación obtuviere la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos emitidos por quienes se encuentren presentes y que voten, resultará elegida.

 

  • d) Elección de Vicepresidenta regional: Las candidatas a vicepresidenta regional de la Internacional Socialista de Mujeres serán elegidas por región. Si los partidos y organizaciones miembros de la Internacional Socialista de Mujeres se pusieran de acuerdo sobre una candidata en una región, esa candidata ha de ser la elegida. Si en una región, los partidos y las organizaciones miembros no pudieran ponerse de acuerdo sobre una candidata, en esa región se procederá a efectuar una elección para vicepresidenta entre los partidos y organizaciones miembros en dicha región. Cada organización miembro deberá transmitir al Secretariado su voto para vicepresidenta. Cada organización miembro en la regional tendrá derecho a un voto. Resultará elegida la candidata que obtenga la mayoría* de votos de la región. Si ninguna candidata obtuviere la mayoría* de votos de la región, o si la elección no tuviere lugar, el Ejecutivo de la Internacional Socialista de Mujeres examinará la situación en su reunión inmediatamente previa a la Conferencia. Si lo estimara, el Ejecutivo podrá recomendar una candidata para la vicepresidencia de la región. Si no se hiciere recomendación, la Conferencia deberá votar. La votación deberá organizarse tal como se describe para el cargo de Presidenta. Cuando la vicepresidenta elegida no pueda asistir, se puede enviar a una substituta, elegida en consultación con la región, como su representante.

* Una mayoría de quienes emiten su sufragio en la elección. Por ejemplo, si una región contara con diez partidos y organizaciones miembros pero sólo tres de ellos votaran, la candidata que obtuviere dos votos resultaría elegida.

 

  • Elección de Vicepresidenta temática: Las candidatas a vicepresidenta temática de la Internacional Socialista de Mujeres serán elegidas por tema. Si hubiera una o dos candidatas por el mismo tema, resultará elegida aquella que obtuviera la mayoría (esto es, 50%+1) de los sufragios emitidos por las que se encuentren presentes y que voten. Si hubiera más de dos candidatas por el mismo tema resultará elegida aquella que obtenga la mayoría (esto es, 50%+1) de los sufragios emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten. Si ninguna de las candidatas obtuviera la mayoria (esto es, 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten, se procederá a efectuar una segunda votación para decidir entre las dos candidatas que hubieren alcanzado las dos más altas cifras de votos en la primera votación. Resultará elegida aquella candidata que en esta segunda votación obtenga la mayoría (esto es, 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren presentes y que voten.

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 Oficiales de la Internacional Socialista de Mujeres

Cada tres años, a propuesta del Buró, el Congreso elegirá la Presidenta de la Internacional Socialista de Mujeres. Se podrá renovar el mandato de la Presidenta por un solo período.

Si la Presidenta se viere imposibilitada de completar el período de su mandato, el Comité Ejecutivo elegirá a una de las Vicepresidentas para que cumpla interinamente las funciones de Presidenta hasta el próximo Congreso.

 

El Buró propondrá a cada Congreso el número de Vicepresidentas que han de ser electas.

Ninguna Vicepresidenta ejercerá el cargo durante más de dos períodos, excepto en circunstancias excepcionales, a criterio del Buró.

 

La Secretaria General será electa por el Congreso a propuesta del Buró. Su mandato podrá ser renovado en cada Congreso.

Si la Secretaria General se viere imposibilitada de completar el período de su cargo, el Comité Ejecutivo elegirá una Secretaria General interina. Esta elección deberá ser ratificada por el próximo Congreso.

La Secretaria General, consultando con la Presidenta o, en ausencia de la Presidenta, con una por lo menos de las Vicepresidentas, tomará las decisiones que sean necesarias durante el período entre las reuniones del Buró. Sus deberes serán:

  • supervisar las funciones administrativas del Secretariado;
  • dirigir la organización de las reuniones de la Internacional Socialista de Mujeres;
  • organizar y preparar las reuniones del Buró y del Comité Ejecutivo;
  • mantener e impulsar los contactos con y entre los miembros de la Internacional Socialista de Mujeres;
  • presentar al Congreso, para su aprobación, un informe de todas las actividades y desembolsos financieros de la Internacional Socialista de Mujeres para el período entre Congresos.

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 Finanzas

 

Los gastos del Secretariado se sufragarán con:

  • subsidios anuales de la Internacional Socialista;
  • donaciones.
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