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El 10 de diciembre
de 1998 marca el cincuentenario de la Declaración Universal
de Derechos Humanos adoptada por los estados miembros de las Naciones
Unidas. La declaración confirma la universalidad de los
derechos humanos en sus 30 artículos sobre los derechos
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
En 1993 la Declaración
de Viena junto con el Programa de Acción adoptado durante
la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de la ONU y en 1995
la Declaración de Beijing y el Programa de Acción
adoptado por la Cuarta Conferencia Mundial de las Mujeres de la
ONU se basaron en los principios contenidos en la Declaración
Universal y reafirmaron que la capacidad de las mujeres de asumir
sus derechos humanos es una prioridad para los gobiernos y la
ONU.
A pesar de los avances
conseguidos, los derechos humanos siguen marginados en muchos
países. La convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)
es un instrumento fundamental para los derechos humanos que se
ocupa de cuestiones de género y los derechos de las mujeres
tanto en el campo público como el personal.
El protocolo de la
Convención es un instrumento para la integración
de los derechos humanos de las mujeres y para el fortalecimiento
de la implementación de los derechos formulados en CEDAW.
Sin embargo, el sistema
de información operante ha de ser más explícito
y en consecuencia la Comisión de la ONU de la Condición
Jurídica y Social de la Mujer ha intentado formular un
protocolo facultativo de la Convención que permita a las
mujeres buscar compensación en el caso de que sus derechos
humanos sean violados, incluso en casos de violencia derivados
de cuestiones de género. Esta es una medida que la ISM
apoya plenamente.
Las siguientes medidas
políticas son ejemplos de acciones que contribuyen al logro
de la igualdad entre las mujeres y los hombres:
- La definición
por parte de los gobiernos de objetivos nacionales de igualdad
de género junto indicadores para asesorar el efecto de
sus medidas.
- El establecimiento
de instituciones independientes de derechos humanos con autoridad
para vigilar y evaluar la situación de las mujeres en
el campo de los derechos humanos, incluso los derechos económicos
y sociales en su contexto más amplio.
- La integración
de una perspectiva femenina en todas las actividades relacionadas
con los derechos humanos con el fin de asegurar la plena participación
de las mujeres en los derechos culturales, civiles, políticos,
económicos y sociales, incluso el derecho a liberarse
de todo tipo de violencia.
- La integración
en sus programas por parte de las instituciones financieras
internacionales de la evaluación del efecto de los derechos
humanos y el análisis de los resultados de la política
de género.
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